Se trata de una persona que percibe una pensión no contributiba por invalidez. Después de varias visitas al centro de atención (una subcontrata cutre, apestosa a humanidad). De aportar toda la documentación exigida por Endesa, proveniente de los organismos oficiales que han concedido dicha pensión, incluso un certificado (no hoja) de empadronamiento. De informarle a la multinacional sus ingresos, en humillante detalle (algo que no exige el Estado a los ciudadanos, la declaración de la renta es a partir de un cierto nivel de ingresos), ahora resulta que el plazo que esa gran empresa se va a tomar en "verificar si los documentos corresponden a la verdad", según informó a la usuaria de Endesa la empleada de la sub contrata, es ni más ni menos que de un mes. Tardaron tres diás en enviar, por vía digilal, la información a la casa matrez. De momento la solicitante del bono unicamente conoce que su solicitud se encuentran ya "en la central".
Mientras tanto le aplicaran la tarifa corriente.
Y cuando, por fin le apliquen el bono social, no recibirá compensación (caracter retroactivo) alguna por el período de tiempo que una multinacional italiana, con inversiones en Chile, y que acapara una mordida significativa del mercado español, la/lo fuerce a pagar el suministro eléctrico sin los beneficios del mismo. Aclaro que dicha tarifa mencionada no es un regalo caritativo.
Es un derecho que reconoce una ley del Estado Español. Endesa no les hace un favor a las personas que, por ley, cumplen los requisitos. Por imperativo legal. Tardar un mes en revisar el expediente es un insulto a las/os españoles (catalanes, asturianos, vascos, todos los que soportamos a Endesa) que viven, hasta con dignidad y honradez al límite de la pobreza. Y, sad but true son muchos.
Pensión no contributiva por invalidez (Ver GENCAT)
La pensión no contributiva por invalidez es una prestación económica individualizada, de carácter periódico, para personas de entre 18 y 65 años que tengan una discapacidad física, psíquica o sensorial permanente, igual o superior al 65%, que no tengan recursos económicos suficientes y no puedan acogerse al sistema contributivo de pensiones. Para el año 2014, el mínimo de la pensión es de 91,48€ y el máximo de 365,90€ por 14 mensualidades al año.
Cuando se trata de personas discapacitadas en grado igual o superior al 75% de discapacidad y que necesiten la ayuda de otra persona para realizar los actos más elementales de la vida cotidiana, como vestirse, comer, etc., se incrementará la pensión en un 50% sobre la cuantía máxima (182,95 euros para el año 2014).
¿A quién va dirigido?
A las personas de nacionalidad española y extranjeros con residencia legal que cumplan los requisitos establecidos.
Esta prestación es incompatible con el Fondo de Asistencia Social (FAS) por vejez o por enfermedad, subsidio de garantía de ingresos mínimos, subsidio de asistencia de tercera persona y con la condición de causante de la prestación económica por hijo a cargo de la Seguridad Social.
¿QUIÉN DIJO MINUSVÁLIDO O DISCAPACITADO? (Visitar su blog. codondesaste.blogspot.com con todos/as ellos. Todos somos discapacitados para algo. Todos valemos por ser humanos)
"Cualquiera que sea el impedimento que uno tenga, no existen más límites que los que uno mismo se impone. Claro que con una disminución física todo es más difícil, pero no imposible.
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